lunes, 13 de junio de 2011

Justicia Federal - Fuero Contencioso Administrativo

El fuero Contencioso Administrativo Federal cuenta con su Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca, dependiente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. La misma fue creada por el Decreto-Ley 21.628 en el 1977 pero comienza su actividad jurisprudencial luego de ser reglamentada dicha ley en 1988. Cuenta con 5 salas y a ellas llegan las apelaciones hechas a los 12 Juzgados en lo Contencioso Administrativo Federal (cada uno con sus 2 secretarías, lo que alcanza un total de 24 secretarías que dependen en última instancia de la Cámara) y a los 6 Juzgados de Ejecuciones Fiscales y Tributarios. Estos últimos se encargan de aquellos juicios ejecutivos (en estos términos resultan iguales a los juicios ejecutivos en lo civil y comercial) para el cobro de los tributos recaudados por la AFIP (estos procesos se encuentran regulados en el art. 92 de la ley 11.683).

Las Secretarías de la Cámara y sus Salas tienen sede en el Palacio de Justicia Talcahuano 550, mientras que los Juzgados en lo Contencioso Administrativo Federal y los de Ejecuciones Fiscales y Tributarios se encuentran en otros edificios. La información sobre cada uno de ellos se encuentra en www.pjn.gov.ar à Fueros Federales à Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

Reglas de generación, disponibilidad y acceso de la sistematización de la jurisprudencia.

Al igual que todas las Cámaras, la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal no cuenta con reglas específicas sobre generación de información. Esto queda a cargo de cada Secretario de Jurisprudencia del fuero. Por otro lado, las Cámaras cuentan con Secretarios de Sumarios encargados de elaborar, valga la redundancia, los sumarios de los fallos de cada Sala. Éstos se encuentran accesibles en internet a través de la página del PJN aquí. Los sumarios disponibles en formato digital se encuentran actualizados hasta el 2010 inclusive y cubren desde el año ’92. Los sumarios en formato papel, así como también los fallos a texto completo se encuentran en la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara. Tanto los fallos a texto completo como los sumarios de los fallos del 2011 se encuentra sólo disponibles para uso interno.

La Secretaría cuenta con un fichero físico que contiene las sentencias desde el año ’91. Aquella actividad jurisprudencial no abarcada por el fichero (desde el año ’88 hasta el año ’90 inclusive) debe pedirse por oficio ya que se encuentra en la Sala I de la Cámara (Talcahuano 550 frente al Palacio de Justicia). Esto significa que la manera de acceder a esas sentencias no es buscándolas personalmente en la Sala I sino que se debe completar un formulario para que desde la Secretaría se libre un oficio (esto plantea algunos inconvenientes ya que implica un trámite algo engorroso para sentencias cuyo contenido es desconocido, pues no existen sumarios de las mismas ni se encuentran recopiladas de alguna forma en el fichero físico).

La digitalización de todas las sentencias es un proceso en desarrollo y mientras tanto se puede acceder a través de www.pjn.gov.ar à Fueros Federales à Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, a 175 fallos destacados pertenecientes a las Salas I, II, IV y V. Sin embargo, no existe ningún criterio de búsqueda para estos fallos, sino que simplemente se encuentran listados, de manera tal que es imposible buscarlos por título, partes, fecha, etc. Según nos comenta la Dra. a cargo de esta Secretaría, estos fallos fueron publicados en la época conocida como “del corralito” (2001 en adelante) ya que debido a la falta de certeza jurídica frente a la crisis económica tanto los particulares como los mismos integrantes del Poder Judicial necesitaban estar al tanto de la jurisprudencia de las Salas que se adecuaba (tumultuosamente) a las circunstancias.

En la misma página puede encontrarse también todos los fallos plenarios de la Cámara entre los años 2000 y 2007 inclusive, así como también algunas acordadas aleatorias.

A diferencia de la mayoría de algunas jurisdicciones provinciales las consultas por e-mail no son posibles ya que, si bien las mismas se encontraban habilitadas hace algunos años, la falta de recursos humanos y capacidad para responderlos obligó a la secretaría a deshabilitar este medio, dejando sólo la posibilidad de consultas telefónicas al (011) 4371-8544 (en la página web aparece un listado de números erróneos) y, por supuesto, las consultas personales. Si bien la Cámara cuenta con una casilla de correo (cncontadmfed.jurisprudencia@pjn.gov.ar), los mails no son respondidos, pero esto no quita la posibilidad de que se pueda enviar información o un pedido que se pueda buscar luego personalmente.

Por último, no existen sumarios o fallos a texto completo (sea en formato digital o en papel) de los Juzgados del Fuero disponibles en la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara, con lo cual la única posibilidad es la de ir a cada juzgado y acceder a la información disponible en estos (la dirección de cada juzgado se encuentra en la misma página que la información de la Cámara y de sus Secretarías apuntada anteriormente).

Como muy amablemente nos explicó la Dra, las consultas de todo tipo pueden ser realizadas “por cualquier hijo de vecino”. Sólo se debe abonar un arancel de 5 pesos por consulta y una extensión de fotocopias que consiste en una estampilla de 1 peso cada 10 fotocopias (según la Acordada 29/95 y su complementaria 50/95).

La Secretaría de Jusrisprudencia y Biblioteca de la Cámara se encuentra en la planta baja del Palacio de Justicia, oficina 2107, frente a los ascensores 3 y 4 y el horario de atención al público es de 7:30 hs a 13:30 (aunque permanece con actividad a puertas cerradas hasta las 16:30 hs).

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