domingo, 13 de junio de 2010

Mirando afuera: Costa Rica

Estadísticas judiciales: producción, mecanismos de accesibilidad y disponibilidad.

Dentro del Poder Judicial de Costa Rica, existe un Departamento de Planificación. Según lo expuesto en su sitio web, el mismo fue creado con el objetivo de lograr un tratamiento eficiente de los temas que se imponen en la realidad socioeconómica del país, como así también con el propósito de contribuir a la definición de políticas claras, metas a corto, mediano y largo plazos en cada nivel de actividad, logrando de esa manera un mejor funcionamiento de todas las dependencias del Poder Judicial. Dentro del Departamento antes mencionado, se encuentra la Sección de Estadística, cuyo objetivo es, según lo define el mismo sitio web “promover y desarrollar la recopilación de información estadística, lo mismo que, su mejoramiento, con el fin de establecer un centro de información que proporcione los datos necesarios que se requieren para la toma de decisiones en el proceso de la planificación institucional”.

Es justamente esta oficina la que produce las estadísticas judiciales en cuestión. En el sitio web, se encuentran disponibles todos los anuarios con esta información desde el año 2001 hasta el 2008 inclusive. En el último anuario disponible (2008), se realiza un análisis muy profundo de los datos y en base a diversos indicadores. Dentro de este documento se tienen en cuenta todas las materias sobre las que se encarga el PJ en Costa Rica; a saber: Penal, Laboral, Civil, Agraria, Contenc. Adm, Contravenciones, Tránsito, Pensiones alimentarias, Penal Juvenil, Constitucional y Violencia doméstica.

En primer lugar, se muestran todos los datos de la Sala Primera, la Sala Segunda y la Sala Tercera (tribunales de apelación) y se evalúan sus gestiones tomando en cuenta 3 indicadores: tasa de congestión, tasa de pendencia y tasa de resolución. Para todos los tribunales se utilizan estos indicadores. También, se miden otras variables como los promedios de duración, la cantidad de caso terminados (y la clase de votos presentes en cada uno, a saber: si son sobre cuestiones de fondo o no, y sobre qué materia versan) y la cantidad de casos ingresados.


A continuación, se evalúa la gestión de la Sala Constitucional, para lo cual se utilizan los 3 indicadores antes mencionados. También se toman en consideración aquí ciertas cifras como ser la cantidad de casos ingresados y la cantidad de los resueltos, el promedio de duración de los procesos ante este tribunal, y la cantidad de expedientes pasados a notificar y las cédulas de notificación.


Acto seguido se toma en consideración el desempeño de los Tribunales de Casación Penal. En este caso el principal objetivo es analizar el impacto de la Ley de Apertura de la Casación Penal (resultando de ella un aumento en la cantidad de casos ingresados). Los indicadores utilizados son los mismos nombrados en un principio.

Cuando se analiza el desempeño de los tribunales de primera instancia en cada una de las materias respectivas, se evalúan los 3 indicadores antes mencionados, así como también se toma en cuenta la cantidad de casos ingresados y de casos terminados en cada uno de los fueros.

Finalmente, en el informe en cuestión se puede observar un análisis más detallado de las estadísticas existentes en el área penal, ya que va a dedicar toda una sección aparte para la evaluación puntual de los tribunales penales (discriminando según la edad de los imputados – penales o penales juveniles), las fiscalías, y la cantidad de personas sentenciadas. En esta evaluación también entran los 3 indicadores mencionados en un principio.


Toda esta información, se resume en cuadros de doble entrada que se encuentran disponibles en el mismo informe. En el primero de ellos se puede ver un mapeo general de las estadísticas judiciales del 2008 y en los restantes un mapeo más detallado según la materia.


De acuerdo a todo lo expuesto, es posible observar que Costa Rica tiene una producción muy organizada y sumamente reglada de las estadísticas judiciales, y que las mismas (a partir del 2001) se encuentran disponibles a cualquiera en el sitio web del Departamento de Planificación del PJ. En pocas palabras, en este país se produce una amplia cantidad de estadísticas judiciales que cubren todas las materias que trata el PJ, al igual que todos los tribunales (las diversas instancias y fueros); y a su vez estos datos se hacen completamente públicos estando disponibles en la web y para el acceso de cualquiera que desee conocerlos.


http://www.poder-judicial.go.cr/planificacion/

http://www.poder-judicial.go.cr/planificacion/Estadisticas/Anuarios/judiciales/2008/index.htm


Reglas de archivo de sentencias y condiciones de accesibilidad y disponibilidad.


Existe en el país el llamado Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ), el cual forma parte, según explica el sitio web, “del proyecto de Informática Jurídica del Programa de Modernización de la Administración de Justicia, desarrollado a través del contrato de préstamo 859/OC-CR entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el gobierno de la República de Costa Rica”. El SCIJ permite consultar, de manera integrada, tanto jurisprudencia como legislación. Es de acceso libre y se encuentra disponible en la web, al alcance de cualquiera.

La jurisprudencia que se puede obtener en el SCIJ, está administrada por 2 entidades pertenecientes al PJ; a saber: el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial y el Centro de Jurisprudencia Constitucional. El primer organismo tiene a cargo la publicación de las sentencias emitidas por los tribunales de segunda instancia y casación (incluidas las salas de casación, es decir la Sala Primera, la Segunda y la Tercera de la Corte). La segunda entidad fue creada en 1989 como un sistema que permite manejar con mayor agilidad la gran cantidad de sentencias emitidas por la Sala Constitucional de la Corte Suprema (se encarga exclusivamente de ellas). Ambos organismos realizan las labores de recopilación, divulgación y clasificación por tema de todas las sentencias sobre las cuales tienen competencia, y ofrecen a su vez el servicio de atención al usuario. Es decir que además de poder adquirir toda la información disponible en el SCIJ, también es posible realizar consultas tanto personalmente (en el edificio anexo A del Segundo Circuito Judicial /en la secretaría de la Sala Constitucional Edificio principal de la Corte Suprema de Justicia, I Circuito Judicial de San José), como por teléfono (506-2545-0121 / 506-2295-3700)o vía e-mail ( vmonge@poder-judicial.go.cr o lmarchena@poder-judicial.go.cr / sala4-información@poder-judicial.go.cr), teniendo cada entidad sus respectivos encargados de atender al público.


De acuerdo a lo explicado por uno de los miembros del Centro Electrónico de Información Jurisprudencial (Vera Monge Monge), no existen reglas para la publicación de las sentencias, más allá que la distinción según el órgano que lo haya emitido. Es así como se publican todos los fallos de los tribunales antes mencionados (segunda instancia, casación y Corte Suprema), mientras que de los tribunales de primera instancia no se divulga ninguna sentencia. El porqué de esta selección, se halla en que si se publicarán todos los dictámenes judiciales resultaría imposible realizar el tipo de trabajo que se realiza en el SCIJ, y por lo tanto, si bien habría mayor cantidad de sentencias disponibles, las mismas probablemente no estarían clasificadas por temas, ni tan bien organizadas como se encuentran en la actualidad. En pocas palabras, se elige divulgar únicamente los fallos emitidos por los jueces de segunda instancia, de casación y de la Corte, por el simple hecho de que resultan más trascendentes, y al momento de economizar y de aprovechar al máximo los recursos disponibles, se prefiere tener publicados los díctamenes más importantes y organizados de la mejor manera, que tenerlos todos, pero a través de un sistema mucho menos elaborado y por tanto menos útil para el usuario.


En cuanto a estos fallos antes mencionados, cabe resaltar que es posible encontrar el texto completo de los mismos, y a su vez a partir de ellos acceder a la normativa correspondiente según el caso (antes de 1994, en lo que se llamaba el digesto jurídico, se encontraban sólo los resúmenes o algunos extractos de cada caso). Sin embargo, es necesario destacar que la base de datos en cuestión contiene las sentencias de las salas de casación posteriores a 1989 (no antes de ese año) y del resto de los tribunales a partir de 1995 (siempre y cuando las mismas hayan sido realizadas en formato digital).


Para una mejor utilización del sitio web, las sentencias disponibles se encuentran catalogadas en 4 grandes grupos. En primer lugar está la jurisprudencia judicial (todos los fallos de diversas materias); luego se encuentra la jurisprudencia relevante (en donde se agrupa las sentencias más trascendentes en ciertos temas); a continuación la jurisprudencia sobre DD.HH, género y accesibilidad y finalmente tanto la jurisprudencia, como las circulares sobre pensiones alimentarias. Dentro de estos grupos, las sentencias pueden buscarse por tema (a partir de un índice de descriptores), por despacho y año (tribunal que la emitió y en qué año), o por datos de la sentencia (esto sólo es posible en el primer grupo de sentencias).


De acuerdo a todo lo expuesto, se puede concluir que Costa Rica tiene un muy buen sistema de acceso a las sentencias judiciales, ya que ellas se encuentran disponibles a cualquiera en el sitio web. Finalmente, es relevante remarcar que este portal ha sido de suma importancia para el PJ costarricense, ya que lo ha tornado merecedor de una distinción de CEJA (Centro de Estudios de Justicia de las Américas), por su disponibilidad de información en internet.


http://200.91.68.20/scij/

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